Avances en la Ley REP

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31-5-2017
Ley 20920 El miércoles 31 de mayo tuvimos la oportunidad de estar presente en el Seminario Internacional  
¿Cómo avanza la Ley de Fomento al Reciclaje y Responsabilidad Extendida al Productor en Chile?Un resumen de lo que expuso la señora Paloma Infante, Jefa de la División Jurídica del Ministerio de Medio Ambiente.

¿En qué están hoy?
En la elaboración de los reglamentos que dan vida a esta ley, que es una ley marco. Da el contexto general para luego ir implementándose a través de los reglamentos.
Elaboración de Reglamentos:
  • Reglamento Procedimental o el procedimiento de la ley 19.920. Es el reglamento basal y establece el procedimiento que como Ministerio y en conjunto con todos quienes participan deben seguir para dictar finalmente los decretos de metas, obligaciones asociadas y los instrumentos de prevención y valorización. Este procedimiento levanta todos los antecedentes necesarios para conocer el contexto del determinado producto prioritario que se va a regular, entender el volumen de ese producto que existe en el mercado, categorías y sub categorías, quién lo produce, cómo se genera y cómo se trata, entre otras cosas.
    Primero se dicta la resolución de inicio del procedimiento y se trabaja en la elaboración de un anteproyecto. En conjunto con esto se desarrolla un análisis general del impacto económico y social que va a generar la regulación, es decir, un análisis de los costos y beneficios que va a implicar la regulación de la recolección de un determinado producto o subproducto. Luego ese anteproyecto se comparte a la comunidad y al sector regulado en fase de consulta pública, para recabar las dudas e inquietudes que se generen. Se proponen alternativas y posteriormente se trabaja en el proyecto definitivo.
    Este procedimiento es lo que regula este reglamento procedimental. Sin este reglamento aprobado no es posible comenzar a elaborar los Decretos de meta. Este reglamento fue aprobado por el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y actualmente se encuentra en la Contraloría General de la República para su estudio.
  • Reglamento de Movimiento Transfronterizo de Residuos. Se hace cargo de las obligaciones como Estado en el marco del convenio de Basilea, del cual Chile es parte. Regula las condiciones, establece requisitos, procedimientos y exigencias para el movimiento exportación, importación o tránsito. Por ejemplo, se prohíbe la exportación cuando hay capacidad instalada en Chile e importación de residuos para su eliminación. Este reglamento ya fue aprobado y debe verse con la Contraloría
  • Reglamento para el Fondo del Reciclaje enfocado a las Municipalidades o Asociaciones de Municipalidades. Pueden postular a un fondo conformado por distintos aportes para establecer líneas y sublineas de gestión de residuos. Hoy en día los Municipios son los principales gestores de residuos, por su ley orgánica, en conjunto con los recicladores de base, estos últimos de manera informal. La ley REP los regula y formaliza. Destaca la importantancia de apoyar a las Municipalidades y a la Asociaciones de Municipalidades en la obtención de fondos para que desarrollen el tema de la gestión de residuos, instalar puntos limpios, educación ambiental y difusión en lo referente a residuos domiciliarios. Está siendo revisado en la Contraloría General de la República.
  • Reglamento Simplificado para la Autorización Sanitaria de los puntos limpios e instalaciones para valorización y reciclaje de residuos. Este reglamento lo está liderando el Ministerio de Salud en conjunto con Ministerio de Medio Ambiente.
  • Reglamento Modificación del Decreto Supremo N°1 Establece el RETC (Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes) Este reglamento ya existe y tuvo que ser modificado para incorporar las obligaciones asociadas de la Ley REP. A través de el RETC se declaran  diversos residuos, emisiones y contaminantes que genera la industria a través de una ventanilla única, por obligación legal emanada por otro cuerpo normativo.  RETC consolida y compila esa información para diversos fines, será por medio de éste que los productores de productos prioritarios puedan declarar los residuos que se generan y luego los gestores de residuos puedan a su vez, declarar lo que se recolecte y valorizar, para poder luego comprobar si se están o no cumpliendo las metas exigidas por Decreto Supremo. Modificaciones aprobadas por el consejo para la Sustentabilidad. Ahora deben elaborar el Decreto Supremo y luego ingresarlo a la controlaría General de la República.
  • Modificación de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Establece toda la determinación, requisitos y autorizaciones para obtener permisos para las instalaciones de recepción y almacenamiento de estos residuos. Esta modificación está liderada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Terminó el proceso de consulta pública a que fue sometida la modificación. Medio Ambiente está afinando las consultas, para elaborar la propuesta y luego someterla al consejo de ministros.
La señora Infante, destaca que todos estos reglamentos, fueron sometidos a consulta pública que levantó diversas inquietudes con las que fueron afinados.
Desarrollo de Estudios
Diversas consultorías de apoyo han sido necesarias para levantar información para entender el contexto del mercado que se está regulando. Se realizaron estudios licitados para: envases y embalajes; residuos de aparatos electrónicos; cluster automotriz (neumáticos, baterías y lubricantes). Estos estudios también consideran la coordinación de los sistemas de gestión. En qué casos es conveniente ser colectivos, en donde diversos productores de un producto prioritario se organizan para apuntar a la meta de recolección o valorización de manera más coordinada y eficiente. Estos estudios hoy en día están en análisis por parte del Ministerio con los consultores y con los regulados.
AGIES (Análisis Generales de Impacto Económico y Social) en una fase un poco más atrasada de elaboración, orientados a definir los decretos de metas. No es requisito legal que el aporte beneficio económico sea más alto al costo que genera, pero sí es un indicador claro para ver a donde van y entender cuántos son los beneficios sobre los costos, o si generan más costos que beneficios.
Existe un estudio programado que tiene relación con la capacidad instalada en Chile para poder trabajar, ya sea para potenciar el reciclaje o la valorización de los diversos residuos. No se saca nada con establecer metas si no es posible tratar los residuos. Está en proceso de licitación y a final de año se debiera tener los resultados.
También se realizaron Estudios del Fondo para el Reciclaje y RETC
 

 

Decretos de Metas y otras obligaciones asociadas
Dicen relación con la valorización de un tipo de producto y otras metas en información, comunicación, coordinación, etc. Probablemente el primer Decreto Meta debiera estar enfocado a un subproducto o materialidad de algún envases y embalajes, producto prioritario de gran complejidad. El segundo que se está evaluando tiene relación con el cluster automotríz (lubricante, neumáticos, o baterías), universo bastante acotado y en dónde ya hay avances. Por ejemplo, la Asociación de Neumáticos, ya ha llegado a acuerdos para la producción limpia y han podido trabajar en proyecto piloto para la recolección y valorización de neumáticos del país.
En julio de este año ya debieran estar finalizados y a disposición del público los estudios técnicos levantados en consultorías. En octubre con el término de los estudios en relación con las AGIES, se debiera comenzar a la elaboración de los Decretos Ley. El 2018 se trabajará en la segunda fase del desarrollo del RETC, de instrumento de interacción para ya enfocarlo a un nivel de declaración de metas.

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